El Alto, 9 de agosto de 2009
Instituciones y organizaciones sociales y de defensa de los animales como ADDA-BOLIVIA y la Comunidad Ecológica Antiespecista RESISTENCIA ANIMAL- La Paz, fueron utilizadas y engañadas, para buscar la aprobación de una ley de protección de los animales de circo, sin tener la opción de conocer el contenido de la misma (http://respuestaaddacirco.blogdiario.com)
Ley elaborada y asesorada por ADI (Animal Defender International) y presentada por la Dip. Ximena Flores en el mes de mayo de 2008, cuyo contenido es remitido por e- mail a todas instituciones de protección de Bolivia, instituciones conservacionistas y otras organizaciones sociales, en el mes de octubre de 2008, con la finalidad de buscar su aprobación en diciembre de la misma gestión (http://emailapoyoleycirco.blogdiario.com)
Proyecto Ley 1143/2008, sustentado por la intensa investigación de Animal Defender International – ADI en diferentes circos en Sudamérica y plasmadas en una Ley de 5 artículos, con el objetivo de eliminar el uso de los animales en circos.
Tras la revisión de esta propuesta de Ley, QÄNASA ANIMALES hace conocer sus observaciones y presenta un borrador de LEY DE CIRCOS SIN ANIMALES a la Comisión de Desarrollo Sostenible con copia a la Dip. Ximena Flores (http://leycircoqanasa.blogdiario.com ) y posteriormente socializarla con las instituciones de protección de Bolivia y ADI (http://animalescircodefensoras.blogdiario.com), obteniendo respuesta de CIWY y ADDA, de ANIMALES SOS “un gracias…” y de ADI una nota indicando lo siguiente:
“…Con respecto a su email, estamos preocupados por la propuesta de ley de QÄNASA Animales. Aunque el proyecto denota una noble intención que nosotros apoyaríamos, creemos que desde el punto de vista de estrategia sería un error el introducir este proyecto en este momento…Mucho trabajo ya se ha realizado para asegurar el apoyo al proyecto de ley No. 1143/2008 presentado por la diputada Ximena Flores que fue presentado al congreso…Por lo tanto nosotros les pedimos que retiren el borrador del proyecto hasta que el proyecto No. 1143/2008 tenga la oportunidad de ser aprobado. Si este proyecto no es exitoso, un nuevo proyecto tendrá que revisar las razones por las cuales el proyecto no fue aprobado…ADI recomienda que todas las organizaciones locales se unan para el lobby del proyecto No. 1143/2008. El proyecto es simple y conciso…Trabajemos juntos en el lobby del proyecto de la diputada Ximena Flores y logremos juntos la prohibición del uso de animales en circos y o similares en Bolivia…” (http://bogotaleyadi.blogdiario.com)
Del despacho de la Dip. Ximena Flores, no obtuvimos mas que una posible fecha de audiencia y una reunión con su Asesora Técnica Ing. Ana Serrano, quién durante la reunión fue informada con detalle sobre los alcances del proyecto de Ley de QÄNASA. Propuesta de LEY, cuyo principal objetivo era el de proteger a los más 30 animales de los circos establecidos en Bolivia. Una Ley con disposiciones importantes y necesarias para la atención y auxilio inmediato de los prisioneros animales en circos de Bolivia, a través del decomiso, recuperación y repatriación de animales, además de establecer medidas de prevención de proliferación e ingreso de circos sin animales (prohibición de circos con animales y del ingreso de los mismos a territorio nacional).
Como es de conocimiento de la opinión pública, el representante de ADI, Ana serrano junto a la Dip. Ximena Flores, mencionaban constantemente, por medios televisivos, que la Ley 1143 prohibiría el uso y el ingreso de circos con animales y que el incumplimiento impondría el decomiso de los animales y sanciones pecuniarias, siendo que estas disposiciones no estaban contenidas en el mencionado proyecto, pero sí en el proyecto de Ley de QÄNASA.
Pues está claro que estas personas recurrieron a tomar algunas disposiciones de la Ley de QÄNASA “plagiar”, para cubrir las falencias de la Ley 1143, sin respetar los derechos de propiedad intelectual de QÄNASA ANIMALES, hecho tipificado por el Código Penal como un Delito contra el derecho de autor Art.362º.
Desde un inicio ADI, mostró su interés por juntar ambos proyectos, negar la posibilidad de sancionar con el decomiso, admitiendo la necesidad de incluir la prohibición de ingreso de circos con animales, pero con un solo fin “hacer el LOBBY POLÍTICO para la Dip. Ximena Flores” (http://correosadiaqanasa.blogdiario.com) y junto a Ana Serrano continuar con sus propósitos de hacer aprobar una supuesta Ley que beneficiaría a los animales.
Las intenciones de Ana Serrano y la ingerencia de ADI, fueron denunciadas en el momento al Comité de Recursos Naturales (http://denunciaplagioadi.blogdiario.com)
LEY 4040, ¿UNA LEY QUE BENEFICIA A LOS ANIMALES?
Ni las enmiendas, recurriendo al plagio “Art. 4º De las sanciones”, pudieron modificar la esencia de la Ley 4040, que por supuesto no es el de proteger a los animales de circo. (http://ley4040animalescirco.blogdiario.com)
Los intereses mezquinos de ADI, Ana Serrano y la Dip. Ximena Flores, lograron conseguir la promulgación de la Ley 4040, como muestra de amistad hacia los cirqueros otorgándoles un año más para usar animales en sus presentaciones (Art.3), un tiempo indefinido para que estos traficantes de vidas, continúen explotándolos como reproductores (felinos), los trasladen de un lugar a otro, los terminen por matar o vender, fruto de la incapacidad de los proyectistas de esta Ley, los ADI, por no incluir la prohibición de la tenencia y movilización de circos con animales.
La situación y el destino de los animales de circo no tendría este desenlace en el caso de que estas personas hubieran dejado de lado sus intereses, aceptando humildemente la verdadera protección de los animales de circo a través de la aprobación de la Ley Circos Sin Animales elaborado por QÄNASA ANIMALES.
Lamentablemente la falta de información y de experiencia de las organizaciones de defensa de los animales, los que mandaron cartas de apoyo y firma al proyecto de Ley que prohibía el uso de animales en espectáculos circenses, ahora, al igual que ADI, Ana Serrano y la Dip. Ximena Flores, son responsables para que los animales de circo de Bolivia, Jack, Maiza, Camba, Simba , Sultan , Mambete, Pancho y Temuco (leones), además de Tilín el mandril, Candy, Yazna, Tigreza, Blanca y Flaca (perras boxer), pasen a ser prisioneros de otros Estados, continúen siendo maltratados, explotados como reproductores o terminen muriendo en manos de sus carceleros.
¡UNA LUZ AL FINAL DEL CAMINO!
Ante las falencias de la Ley 4040, el proyecto de Ley Circos Sin Animales fue incluido en el proyecto “Ley General para la Defensa de los Animales” elaborado por las organizaciones ADDA (Asociación para la Defensa de los Derechos de los Animales)-Bolivia, Comunidad Ecológica Antiespecista RESISTENCIA ANIMAL- La Paz QÄNASA ANIMALES- El Alto, AMENAT (Asociación de Medicina Natural) – La Paz, VEDA (Voluntarios en defensa de los Animales)- Santa Cruz y la Fundación PROTEJA- La Paz (http://leymarcodefensaanimal.blogdiario.com)
Estamos a la espera de que la Comisión de Desarrollo Sostenible apruebe este proyecto de Ley, fundamentada en los derechos de los animales en el marco de la Nueva Constitución Política del Estado, una Ley para la defensa y no un reglamento para la explotación industrial de los animales (Ley de la Comisión, ADI y PETA).
“POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES”
Voluntario Paulo Poma Ulo
PRESIDENTE QÄNASA ANIMALES
Información sobre leyes periodos legislativos desde 1999 hasta 2009
Periodo legislativo 1999-2000 http://proyleyproteccionyderechos.blogdiario.com
Periodo legislativo 2004-2005 http://proyleyproteccionanimal.blogdiario.com
Periodo legislativo 2006-2007 http://leyespecialdeproteccion.blogdiario.com
Periodo legislativo 2009 http://qanasa.blogdiario.com, http://qanasa.blospot.com http://leymarcodefensaanimal.blogdiario.com
PROYECTO DE LEY
CIRCOS SIN ANIMALES
Artículo 1º. (DEL OBJETIVO Y EL ÁMBITO DE APLICACIÓN).- El objetivo de la presente Ley es eliminar el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos de circo o similares en todo el territorio nacional, por considerarse la práctica un acto de crueldad innecesaria en contra de los animales.
Artículo 2º. (DE LA PROHIBICIÓN).- Queda terminantemente prohibido el uso de animales silvestres y/o domésticos en espectáculos de circo o similares en todo el territorio nacional.
Artículo 3º. (DE LAS AUTORIDADES).- Quedan encargadas de la aplicación de la presente Ley el Poder Ejecutivo, las Prefecturas de Departamento y los Gobiernos Municipales.
Artículo 4º. Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Artículo Transitorio.- Las autoridades nombradas en el Artículo 3º deberán ajustar sus normativas incluyendo reglamentos que contengan previsiones, procedimientos y sanciones en un plazo no mayor a 90 días a partir de la promulgación de la presente Ley.